El Servicio de Administración Tributaria, la dependencia encargada de cobrar los impuestos en México, emitió una resolución bajo la cual aclara que los alimentos preparados en el lugar de venta están sujetos a pagar el Impuesto al Valor Agregado de 15%. Hasta ahora, existía la duda de si los alimentos que fuesen sometidos a algún proceso de elaboración y calentamiento o cocción debían pagar IVA o no cuando estos se vendieran en establecimientos distintos a restaurantes. Con la resolución que emitió en días pasados el SAT, como mejor se conoce a la dependencia, y que publicó en su sitio en internet, las autoridades determinaron que sí debían pagar impuestos esos alimentos elaborados en el lugar de su venta. Para los analistas, la decisión del SAT iguala las condiciones de competencia entre algunas tiendas de conveniencia que venden comida preparada y los restaurantes de comida rápida que ya pagaban IVA. (Sentido Común)