En el Diario Oficial del Estado de Sinaloa de fecha 11 de Febrero, se publicó La Ley que Protege la Salud y los Derechos
de los no fumadores en el Estado de Sinaloa y el día 12 de mayo se publicó su Reglamento, ambas vigentes actualmente.
TIENE POR OBJETO:
Establecer las medidas para proteger la Salud de las personas no fumadores de los efectos que causa la inhalación
involuntaria de humos producidos por la combustión de tabaco en cualquiera de sus formas, en los sitios señalados en el
presente ordenamiento.
EN EL RAMO EMPRESARIAL Y LABORAL OBLIGA A:
Los Propietarios, Administradores, Encargados y Empleados de establecimientos en área cerrada, industriales, Comerciales
o de Servicios, Oficinas y Escuelas, a fijar en un lugar visible, del interior del local, letreros, logotipos o emblemas
alusivos o carteles que indiquen claramente la prohibición de fumar, así como evitar que alguna persona fume en el
interior y si se niega, deberá pedir el auxilio de la Fuerza Pública.
En caso de tener áreas aisladas al aire libre o secciones reservadas para fumadores señalarlo con anuncios.
SANCIONES ADMINISTRATIVAS:
Las Personas Físicas o Morales que incumplan con las disposiciones contenidas en esta Ley, se harán acreedores a las
siguientes sanciones:
* Amonestación
* Multa de 2 a 50 días de salario mínimo general vigente en el Estado, a los Dueños o empleados que permitan fumar.
* La misma multa a los dueños del establecimiento que incumpla con la obligación de colocar letreros, logotipos o
emblemas visibles al público que indique la prohibición de fumar.
* Multa de 2 a 100 días de salario mínimo, a la persona que interfiera o se oponga al desahogo de la visita de Inspección.
Que obstaculice la imposición del estado de clausura o haga caso omiso de la misma.
* Arresto Administrativo en caso de Personas Físicas hasta por veinticuatro Horas y/o clausura del establecimiento en
caso de segunda reincidencia.
AUTORIDADES FACULTADAS:
La Secretaría General de Gobierno, La Secretaría de Salud, La Secretaría de Seguridad Pública y Secretaría de Educación
Pública y Cultura.
( Por: Martínez Contadores - www.martinezcontadores.com )