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14-11-2007

2:08 AM

Suprema Corte resuelve que pagos al IMSS y al Infonavit sean deducibles del reparto de utilidades

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las cuotas que paga el patrón al Instituto Mexicano del Seguro Social y al Instituto Nacional de Fomento para la Vivienda de los Trabajadores serán deducibles para efectos de la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas. Esto lo resolvió el Máximo Tribunal al considerar que éstas deben ser consideradas como ingreso de los trabajadores y por lo tanto deben descontarse para determinar el monto de las utilidades que las empresas deben repartir por ley entre sus trabajadores. “Tanto las cuotas como las aportaciones deben considerarse como un ingreso, pues las primeras se depositan en una cuenta a nombre del trabajador y las segundas forman parte de su patrimonio”, dijo la Corte en un comunicado de prensa. (Sentido Común)
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